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Abandono de Residencia Permanente

Jia Zhao

Si bien la mayoría de los extranjeros están interesados ​​en las diferentes vías para obtener una tarjeta verde estadounidense, para aquellos que tienen la suerte de haber obtenido el estatus de residente permanente pero ahora enfrentan crecientes obligaciones tributarias u oportunidades de empleo en el extranjero, el abandono de su residencia permanente puede sea ​​una opción realista que estén contemplando. Este artículo tiene como objetivo proporcionar una breve descripción general de cómo funciona este proceso y abordar algunos problemas comunes relacionados con el abandono del estatus de residente permanente.

Para abandonar el estatus de residente permanente, un residente permanente legal (LPR) debe presentar el Formulario I-407, Registro de abandono del estatus de residente permanente legal. A diferencia de muchas solicitudes que buscan un determinado beneficio de inmigrante o no inmigrante, este formulario no incluye tarifas de presentación y se puede presentar en una oficina internacional de USCIS, en la embajada de los EE. UU., en el consulado de los EE. UU. o en un puerto de entrada de los EE. UU. Al presentar una solicitud del Formulario I-407, un residente permanente legal (“LPR”) debe entregar su Formulario I-551 (Tarjeta de Residente Permanente) junto con el formulario I-407 firmado originalmente. En términos generales, esta declaración debe firmarse bajo juramento ante el Departamento de Seguridad Nacional o un funcionario consular. Sin embargo, si la persona presenta la solicitud por correo, debe incluir en la declaración “Certifico bajo pena de perjurio según la ley de los Estados Unidos que esta declaración es verdadera y correcta”.

A diferencia de otras peticiones o solicitudes de inmigrantes o no inmigrantes que requieren adjudicación por parte de USCIS, no existe adjudicación del Formulario I-407, excepto que se puede realizar una entrevista si hay algún indicio de que el individuo no está abandonando su estatus permanente voluntariamente. Se determina que el estatus de residente permanente de una persona ha sido abandonado y cancelado en la fecha de recepción del Formulario I-407 por parte de USCIS o un funcionario consular de los EE. UU. Sin embargo, aún puede haber un cronograma de procesamiento hasta que la persona reciba una copia ejecutada del Formulario I-407 firmada por USCIS o un funcionario consular. En términos generales, si el ciudadano extranjero hace una cita con una oficina internacional de USCIS, la oficina local puede proporcionar una copia del Formulario I-407 ejecutado en la fecha de la cita.

Antes de abandonar la residencia permanente, se recomienda que un LPR hable con un abogado fiscal para determinar las consecuencias fiscales de abandonar la residencia permanente. Según las regulaciones del IRS, un LPR que desee abandonar su residencia permanente puede necesitar presentar una declaración (Formulario 8854) ante el IRS para establecer la fecha de terminación de la residencia. Esta declaración debe adjuntarse a las declaraciones de impuestos sobre la renta del individuo y contener cierta información biográfica requerida y hechos suficientes para establecer que se ha abandonado el estatus del individuo como residente permanente.

De manera similar a renunciar a la ciudadanía estadounidense, abandonar el estatus de residente permanente puede generar obligaciones tributarias sustanciales para ciertos residentes permanentes. Desde el 17 de junio de 2008, Estados Unidos ha impuesto un enorme “impuesto de salida” o “impuesto de expatriación” a los residentes permanentes que se encuentran bajo los siguientes criterios:

  • Haber tenido la tarjeta verde por cualquier parte de ocho (8) de los quince (15) años anteriores; y
  • (a) Tener un patrimonio neto, considerando todos los activos a nivel mundial, de 2 millones de dólares estadounidenses o más en la fecha de terminación de la residencia; or
  • (b) Tener una obligación tributaria anual promedio de más de un monto específico ajustado por inflación ($151 para 000, $2012 para 155,000, $2013 para 157,000 y $2014 para 160,000) durante los 2015 años que terminaron antes de la terminación. de residencia; o
  • (c) No certificar en el Formulario 8854 que los residentes permanentes han cumplido con todas las obligaciones tributarias federales de los EE. UU. durante los 5 años anteriores a la fecha de terminación de la residencia.

Para aquellos residentes residentes permanentes que se encuentran dentro de los criterios anteriores, abandonar su estatus de residente permanente puede tener consecuencias financieras sustanciales. Es posible que necesiten buscar asesoramiento de asesores fiscales para determinar el monto específico de las obligaciones fiscales de las que son responsables y si el abandono del estatus de residente permanente debería ser su curso de acción preferido dadas las consecuencias fiscales.

Finalmente, si bien abandonar el estatus de residente permanente no afecta la capacidad del individuo de inmigrar a los Estados Unidos en el futuro, tendrá que comenzar el proceso de nuevo y presentar la solicitud mediante el proceso de solicitud habitual. Para aquellos que tengan la intención de visitar los Estados Unidos como no inmigrantes en el futuro después de abandonar su estatus de LPR, deberán obtener visas de no inmigrante en las categorías que les sean aplicables.

Es importante tener en cuenta que la mayoría de las visas de no inmigrante, excepto unas pocas selectas que permiten la doble intención, como las visas H-1B y L, no permiten la intención de inmigrante. Por lo tanto, puede ser más difícil para el individuo mostrar su intención de no inmigrante después de haber sido residente legal permanente. Sin embargo, este obstáculo puede superarse si el ex LPR puede demostrar que tiene fuertes vínculos con su país de residencia en ese momento y, por lo tanto, no tiene intención de emigrar a los Estados Unidos. El individuo también puede utilizar la copia firmada del Formulario I-407, que es la prueba de la terminación de la residencia permanente, como prueba de su clara intención de no inmigrante.

La decisión de abandonar el estatus de residente permanente es una decisión seria y puede tener importantes consecuencias fiscales y de inmigración. Como tal, se recomienda que aquellos que consideren abandonar su estatus de LPR consulten con un abogado de inmigración y un asesor fiscal antes de tomar la decisión.

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