Por Jia Zhao
Según el programa EB-5, los dependientes calificados del inversionista inmigrante (“Solicitante principal”), es decir, el cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años, son elegibles para obtener el estatus de residente permanente condicional según la inversión calificada del solicitante principal. Con el tiempo, pueden obtener el estatus de residente permanente con una petición I-829 aprobada que elimina las condiciones de su residencia.
Sin embargo, sigue existiendo una preocupación realista para los familiares dependientes: ¿qué les sucederá en el desafortunado caso de la muerte del solicitante principal?
Según la sección 204(l) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, los familiares dependientes de una petición de clasificación pendiente o aprobada según la sección 203(b), deberán tener dicha petición según la sección 203(b) o una solicitud de ajuste de estatus basada en la relación familiar adjudicada, incluso en caso de fallecimiento del solicitante principal, si los familiares dependientes cumplen el requisito de residencia. Para cumplir con el requisito de residencia, los familiares dependientes deben (1) residir en los Estados Unidos al momento de la muerte del solicitante principal y (2) continuar residiendo en los Estados Unidos en la fecha de aprobación de la solicitud pendiente.
Esto significa que el familiar dependiente de una petición I-526 basada en una inversión calificada según la sección 203(b)(5) de la Ley es elegible para tener la Petición I-526 pendiente o la I-485, Solicitud de Ajuste de Estatus. , adjudicado incluso si el solicitante principal ha fallecido, siempre y cuando el familiar dependiente (1) residía en los Estados Unidos en el momento en que falleció el solicitante principal, y (2) continúa residiendo en los Estados Unidos.
Como tal, para que los dependientes sean elegibles para dichos beneficios según la sección 204(l) de la Ley, los dependientes del inversionista EB-5 deben residir en los EE. UU. en un estatus de no inmigrante válido en el momento de la muerte del inversionista.
Suponiendo que la petición EB-5 fuera aprobable cuando se presentó y posteriormente sea aprobada por USCIS, los dependientes del inversionista pueden proceder con la presentación del Formulario I-485 sobre la base de la Petición I-526 del inversionista. De hecho, la ley permite que el cónyuge o hijo de un extranjero principal (es decir, el inversionista EB-5) acompañe o siga a un extranjero principal.
Si alguna one el beneficiario cumple con los requisitos de residencia de la sección 204(l) de la Ley, entonces la petición puede ser aprobada, a pesar del fallecimiento del inversionista, y todos los beneficiarios podrán emigrar en la misma medida que se hubiera permitido si el inversionista no hubiera fallecido. Según las directrices de USCIS, no es necesario cada una beneficiario cumpla con los requisitos de residencia para tener el beneficio de la sección 204(l), siempre que one el beneficiario los ha cumplido.
Además, los dependientes del solicitante principal que tengan la intención de ingresar a los Estados Unidos a través del procesamiento consular y que no hayan obtenido la visa de inmigrante para ingresar a los Estados Unidos al momento de la muerte del solicitante principal no pueden estar cubiertos bajo esta sección, ya que Es posible que los dependientes no puedan cumplir con el requisito de residencia.
También es importante señalar que la sección 204(l) solo otorga al familiar dependiente elegible el derecho a que se resuelva la solicitud pendiente, pero no garantiza la aprobación de dicha solicitud. Para que se apruebe su Petición I-526 o Solicitud de Ajuste de Estatus, los familiares dependientes de los solicitantes principales fallecidos deben asegurarse de que no estén sujetos a ninguno de los motivos de inadmisibilidad y que no sea probable que se conviertan en una carga pública. Además, la Petición I-526 debe haber sido aprobable cuando se presentó y seguir siéndolo.
Según 8 CFR §216.6(a)(6), si el solicitante principal muere en el momento en que los dependientes han obtenido el estatus de residente permanente condicional (es decir, después de ingresar a los EE. UU. con una visa de inmigrante o la aprobación de la solicitud I-485), pero antes hasta la presentación de la petición I-829 para eliminar la condición de residencia, o mientras la petición I-829 esté pendiente, los dependientes aún pueden ser elegibles para que se adjudique la petición y eventualmente obtener la residencia permanente, a pesar de la muerte del solicitante principal.
Sin embargo, los miembros de la familia que califiquen deben presentar la petición I-829 dentro de los 90 días anteriores al segundo aniversario del estatus de residente condicional y cumplir con todos los requisitos para eliminar las condiciones, incluidos los requisitos de creación de empleo y mantenimiento de la inversión de capital. Este es el mismo requisito que si el solicitante principal hubiera estado vivo.
Siempre que se puedan cumplir estos requisitos, a los dependientes se les pueden eliminar las condiciones de residencia y obtener el estatus de residente permanente completo.
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