El presidente Donald Trump firmó una tercera Orden Ejecutiva titulada “Protección de la nación contra la entrada de terroristas extranjeros a los Estados Unidos” el 27 de enero de 2017 que revisa las reglas de inmigración. Lo dispuesto en la presente orden, con efectos inmediatos, tendrá los siguientes efectos:
- Durante al menos 90 días, prohibir la entrada de inmigrantes y no inmigrantes a los Estados Unidos a ciudadanos de Irán, Irak, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen. También se suspenderá la emisión de visas para los nacionales de estos países. Las excepciones a esta regla se explicarán a continuación. Si bien el período inicial de la prohibición está fijado en 90 días, no se levanta automáticamente. Levantar la prohibición requiere varios pasos como se describe en la Orden Ejecutiva.
- La prohibición afecta a personas de los países afectados que intentan ingresar a los EE. UU. con visas de no inmigrante (temporales) e inmigrantes (permanentes), así como a aquellos que intentan ingresar con permiso anticipado.
- El secretario del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos, John Kelly, anunció que los residentes permanentes legales de Estados Unidos[1] serán “evaluados para detectar excepciones” a la prohibición de entrada en los puertos de entrada de Estados Unidos. Los titulares de tarjetas verdes deben esperar un escrutinio adicional, verificaciones de antecedentes e interrogatorios en la inspección secundaria en los puertos de entrada.
- Implementar nuevos estándares de investigación de antecedentes para visas de inmigrantes y no inmigrantes.
- Durante 120 días, suspender toda admisión de refugiados.
- Reducir el número de refugiados que serán admitidos en el año fiscal 2017 a 50,000.
- Se dará a las jurisdicciones estatales y locales la oportunidad de determinar la colocación o asentamiento de refugiados en sus jurisdicciones.
- Suspender la admisión de refugiados sirios indefinidamente hasta nuevo aviso.
- Completar el sistema biométrico de seguimiento de entradas y salidas.
- Eliminar el Programa de exención de visa para entrevistas con excepciones limitadas.
- Revise el programa de reciprocidad de visas y cámbielo según sea necesario.
- Ser más transparentes en la emisión de informes al público sobre determinados asuntos.
I. Expedición de visas y prohibición de viajar
La Orden Ejecutiva establece que el Secretario de Seguridad Nacional Kelly, junto con el Secretario de Estado Rex Tillerson y el Director de la Agencia de Seguridad Nacional Michael S. Rogers, tendrán la tarea de realizar investigaciones sobre la información necesaria de una lista de países para fortalecer a EE.UU. proceso de emisión de visas en consulados y embajadas de Estados Unidos en todo el mundo. Luego, la información se compilará en un informe que se presentará al presidente Trump 30 días después de la emisión de esta Orden Ejecutiva. Una vez que se haya presentado el informe, el Secretario de Estado Kelly se comunicará con aquellos gobiernos extranjeros donde se necesita información y solicitará que dicha información sea devuelta dentro de los 60 días. Una vez transcurrido el período de 60 días, a aquellos países que no hayan proporcionado la información se les prohibirá inmediatamente toda entrada a los nacionales de esos países. Se harán excepciones para personas que viajen con visas diplomáticas, visas OTAN, visas C-2 y visas G-1, G-2, G-3 y G-4.
Mientras esta investigación está en curso, la entrada de inmigrantes y no inmigrantes a los Estados Unidos ha sido suspendida temporalmente durante 90 días a partir de la fecha de la Orden Ejecutiva, para extranjeros de Irán, Irak, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen[2]. Se hacen excepciones para personas que viajan con visas diplomáticas, visas OTAN, visas C-2 y visas G-1, G-2, G-3 y G-4.
La Orden Ejecutiva también incluye texto que permite al Secretario de Estado o al Secretario de Seguridad Nacional presentar al Presidente Trump países adicionales recomendados para la prohibición de viajar también para sus extranjeros. Además, la Orden Ejecutiva tiene un texto que establece explícitamente que se pueden hacer excepciones, caso por caso y en función del interés nacional, para expedir una visa a nacionales de países donde la entrada está bloqueada. Se deben presentar informes adicionales (cuatro en total) al presidente Trump cada 30 días a partir de la fecha de la Orden Ejecutiva para documentar el progreso de esta iniciativa.
II. Implementación de estándares de investigación de antecedentes para visas de inmigrantes y no inmigrantes
La Orden Ejecutiva exige la implementación de un programa por parte del secretario de Estado, el secretario de seguridad nacional, el director de inteligencia nacional y el director de la Oficina Federal de Investigaciones, con vigencia inmediata, para desarrollar un estándar y un procedimiento de detección uniforme que incluya un base de datos de documentos de identidad para garantizar que no se utilicen documentos duplicados; requerir entrevistas en persona; modificar preguntas en los formularios de solicitud para identificar respuestas fraudulentas; y garantizar que el solicitante que desee ingresar a los Estados Unidos no cause daño. Las agencias exigen tres informes para monitorear este proceso, el primero dentro de los 60 días posteriores a la Orden Ejecutiva, el segundo dentro de los 100 días posteriores a la orden y el tercero dentro de los 200 días posteriores a la orden.
III. Suspensión del programa de refugiados
El Programa de Admisión de Refugiados de EE. UU. (USRAP) está suspendido durante 120 días a partir de la fecha de la Orden Ejecutiva para que el secretario de Estado, junto con el secretario de seguridad nacional y el director de inteligencia nacional, puedan revisar la solicitud del USRAP y el proceso de adjudicación para cambiar cualquier cosa. necesario. Los solicitantes de refugio que ya estén en el proceso podrán ser admitidos una vez completados y disponibles los procedimientos revisados. Después de 120 días a partir de la fecha de la Orden Ejecutiva, las admisiones de refugiados bajo USRAP solo serán para nacionales de países según lo determine el secretario de seguridad nacional y el director de inteligencia nacional. En ese momento, se dará prioridad a las solicitudes de refugiados basadas en persecución religiosa, si la religión es una religión minoritaria en el país de nacionalidad del individuo. Se pueden permitir admisiones de refugiados caso por caso a discreción del secretario de Estado y de Seguridad Nacional. Además, en el año fiscal 50,000 no se permitirá la admisión de refugiados superiores a 2017.
IV. Suspender la admisión de refugiados sirios indefinidamente hasta nuevo aviso
La admisión de refugiados de ciudadanos sirios está suspendida indefinidamente hasta nuevo aviso.
V. Completar el Sistema Biométrico de Seguimiento de Entradas y Salidas
La Orden Ejecutiva incluye un texto para acelerar la finalización e implementación de un sistema biométrico de seguimiento de entrada y salida para todos los viajeros inmigrantes y no inmigrantes a los Estados Unidos. Los informes sobre el progreso de esta iniciativa deben presentarse al presidente Trump dentro de los 100 días posteriores a la firma de la Orden Ejecutiva, un segundo dentro de los 200 días y un tercero dentro de los 365 días. Será necesario presentar informes adicionales dentro de los 180 días siguientes hasta que el sistema esté en pleno funcionamiento y despliegue.
VI. Eliminar el programa de exención de entrevista de visa excepto en algunos casos
Se suspenden las exenciones para entrevistas de visa en consulados y embajadas de Estados Unidos en el exterior salvo las siguientes excepciones:
- Solicitantes de visas diplomáticas y oficiales de gobiernos extranjeros y organizaciones internacionales (A-1, A-2, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1 a -6, C-2 y C- 3)
- Solicitantes menores de 14 años o mayores de 79 años;
- Solicitantes que renuevan sus visas en la misma categoría, donde su visa anterior expiró menos de 12 meses antes de la nueva solicitud.
VII. Revise el programa de reciprocidad de visas y cámbielo según sea necesario
La Orden Ejecutiva encarga al secretario del Departamento de Estado de EE.UU. la revisión del programa de reciprocidad de visas de no inmigrante y la reciprocidad de visas para ciudadanos estadounidenses cuando solicitan viajar a países extranjeros. Esto incluye la tarifa de la visa, la duración del tiempo emitido para la visa y otras disposiciones. Con base en los hallazgos, se solicita al Secretario de Estado que ajuste los términos del programa de reciprocidad de visas según los hallazgos.
VIII. Transparencia en la emisión de informes al público sobre determinados asuntos
El secretario de seguridad nacional, junto con el fiscal general, tienen la tarea de publicar informes al público cada 180 días sobre los siguientes asuntos:
- Información sobre la cantidad de ciudadanos extranjeros en los EE. UU. que han sido acusados, condenados o expulsados de los EE. UU. por delitos relacionados con el terrorismo;
- Información sobre el número de extranjeros que se han radicalizado desde su entrada a EE.UU.
- Información sobre actos de violencia de género contra las mujeres;
- Cualquier otra información relacionada con la seguridad del público estadounidense.
Están pendientes impugnaciones legales y de agencia adicionales, que pueden cambiar o ampliar el alcance de la Orden Ejecutiva. Los desarrollos se actualizarán oportunamente.
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[1] Además, las Oficinas Consulares han recibido instrucciones de suspender las solicitudes de inmigrantes y no inmigrantes y USCIS ha dejado de adjudicar solicitudes de beneficios de inmigración para los nacionales de los países afectados.
[2] Tenga en cuenta que varios puertos de entrada y oficinas consulares han definido a los “nacionales” de manera diferente. La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) ha declarado que los ciudadanos extranjeros que ingresen con un pasaporte de un país no afectado serán admitidos, mientras que algunos consulados no procesarán las solicitudes de aquellos que tengan pasaportes tanto de un país afectado como de un país no afectado.
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