Al aceptar obsequios para mi inversión EB-5, ¿pueden incluir fondos de un familiar que viva en los EE. UU.? Un miembro de mi familia tiene dinero invertido en acciones estadounidenses y vendería las acciones y me daría el dinero como regalo para mi inversión EB-5. ¿Importa que la fuente del dinero sea de Estados Unidos y no de un país extranjero?
respuestas
Dale Schwartz
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónNo hay límite en la cantidad de personas que pueden darle obsequios por una inversión EB-5. Cada uno de ellos tendrá que demostrar que obtuvo el dinero de forma legal.
Linda Feldman
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigración[Pueden ayudar] siempre y cuando sea una fuente legal de fondos, dentro o fuera de Estados Unidos; simplemente no puede ser un préstamo garantizado por la inversión en la que está invirtiendo. Los obsequios o préstamos de miembros de la familia están bien, pero deben dejar constancia por escrito.
A Olusanjo Omoniyi
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónNo, no importa si el dinero que se regala proviene de EE. UU. o de un país extranjero.
Bernard Wolfsdorf
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónTu familia puede regalarte el dinero, pero tendrán que demostrar de dónde lo obtuvieron. Está bien si los ingresos provienen de EE. UU.
Belma Demirovic Chinchoy
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónEl capital invertido en EB-5 puede ser de cualquier país, incluido EE. UU. Los fondos deben provenir de una fuente legal y ser propiedad/controlados por el inversionista (es decir, una vez que los fondos le sean donados a usted, el inversionista EB5, se convertirán legalmente en suyos). ). Todo esto debe demostrarse cuidadosamente mediante evidencia objetiva.
Kevin Michael Tracy
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónPueden regalarte el dinero. Sin embargo, deberán demostrar de dónde provino el dinero.
Fredrick Voigtmann
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónLa fuente de los fondos puede ser de Estados Unidos siempre que la fuente sea legal y pueda documentarse como tal. El USCIS querrá ver una carta de regalo firmada, las declaraciones de impuestos de EE. UU. y los extractos bancarios del donante. También debe proporcionar prueba de que cualquier impuesto sobre donaciones adeudado se pagó y/o se informó en la declaración de impuestos de EE. UU. del donante.
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