¿Cuántos días debe pasar un inversionista EB-5 en Estados Unidos? - EB5Investors.com

¿Cuántos días debe pasar un inversionista EB-5 en Estados Unidos?

Actualmente vivo en la India. Para no poner en peligro mi tarjeta de residencia condicional EB-5, ¿cuántos días debo pasar en los Estados Unidos?

respuestas

Yazen Abdin

Yazen Abdin

Abogados de inmigración EB-5
Respondido el

Esto depende de muchos factores, pero la regla general es que un titular de una tarjeta verde (es decir, un residente permanente) no debe pasar más de 180 días seguidos fuera de los Estados Unidos.

Xiaosheng Huang

Xiaosheng Huang

Abogados de inmigración EB-5
Respondido el

Si desea ser ciudadano estadounidense en el futuro, debe permanecer en los Estados Unidos al menos la mitad del tiempo total antes de solicitar la ciudadanía. Si no desea ser ciudadano estadounidense, será mejor que venga a los Estados Unidos dos veces al año y permanezca al menos dos semanas en los Estados Unidos. Es un juicio basado en muchos factores; por ejemplo, si tienes casas, licencias de conducir, hijos en Estados Unidos.

Sal Picataggio

Salvatore Picataggio

Abogados de inmigración EB-5
Respondido el

Generalmente, se deben pasar 180 días al año o más en los Estados Unidos y no más de 180 días seguidos fuera de los Estados Unidos.

Bárbara Suri

Bárbara Suri

Abogados de inmigración EB-5
Respondido el

Como mínimo, se le exigirá que resida más días en los Estados Unidos que en el extranjero. No se le permite utilizar su estatus de residente permanente con fines de visita. De lo contrario, se le podrá quitar este estatus. Si es absolutamente necesario completar cosas antes de establecerse permanentemente en los Estados Unidos, puede solicitar un permiso de reingreso.

John Downey

John Downey

Abogados de inmigración EB-5
Respondido el

Les gustaría que usted estuviera aquí la mayor parte del tiempo, pero si puede demostrar que sus intereses comerciales requieren que pase tiempo en la India, entonces no debería tener demasiados problemas. Le pediría a su abogado estadounidense que redacte una carta que describa su necesidad de pasar tiempo en la India y en los Estados Unidos, y que la lleve consigo cada vez que llegue al puerto de entrada a los Estados Unidos.

Bernard Wolfsdorf

Bernard Wolfsdorf

Abogados de inmigración EB-5
Respondido el

Esta es una pregunta compleja. La cuestión más importante es dónde vives y por qué has salido. Por lo general, no deberías estar fuera por más de cinco meses y medio, aunque las ausencias se evalúan de forma acumulativa a lo largo del tiempo. Parece que deberías solicitar permisos de reingreso si pasas períodos excesivos en el extranjero.

Raymond Lahoud

Raymond Lahoud

Abogados de inmigración EB-5
Respondido el

Bueno, si es tu negocio, uno pensaría que te quedarías en Estados Unidos y lo administrarías. De lo contrario, según USCIS: los residentes permanentes son libres de viajar fuera de los Estados Unidos, y los viajes temporales o breves generalmente no afectan su estatus de residente permanente. Sin embargo, si se determina que usted no tenía la intención de hacer de los Estados Unidos su hogar permanente, se considerará que ha abandonado su estatus de residente permanente. Una guía general utilizada es si ha estado ausente de los Estados Unidos por más de un año. Se puede encontrar que el abandono ocurre en viajes de menos de un año en los que se cree que no tenía la intención de hacer de los Estados Unidos su residencia permanente. Si bien los viajes breves al extranjero generalmente no son problemáticos, el funcionario puede considerar criterios tales como si su intención era visitar el extranjero sólo temporalmente, si mantenía vínculos familiares y comunitarios en los EE. UU., si mantenía un empleo en los EE. UU., si presentaba impuestos sobre la renta en los EE. UU. como residente o si establecía de otra manera su intención de regresar a los Estados Unidos como su hogar permanente. Otros factores que se pueden considerar incluyen si mantuvo una dirección postal en los EE. UU., cuentas bancarias en los EE. UU. y una licencia de conducir válida en los EE. UU., si posee una propiedad o administra un negocio en los Estados Unidos, o cualquier otra evidencia que respalde la naturaleza temporal de su ausencia. Si planea ausentarse de los Estados Unidos por más de un año, es recomendable solicitar primero un permiso de reingreso en el Formulario I-131. Obtener un permiso de reingreso antes de salir de los Estados Unidos permite a un residente permanente o permanente condicional solicitar la admisión a los Estados Unidos durante la validez del permiso sin la necesidad de obtener una visa de residente de regreso de una embajada o consulado de los EE. UU. en el extranjero. Tenga en cuenta que no garantiza la entrada a los Estados Unidos a su regreso, ya que primero se debe determinar que es admisible; sin embargo, le ayudará a establecer su intención de residir permanentemente en los Estados Unidos. Si permanece fuera de los Estados Unidos por más de dos años, cualquier permiso de reingreso otorgado antes de su salida de los Estados Unidos habrá vencido. En este caso, es recomendable considerar solicitar una visa de residente que regresa (SB-1) en la Embajada o Consulado de Estados Unidos más cercano. Un solicitante de SB-1 deberá establecer su elegibilidad para una visa de inmigrante y necesitará un examen médico. Hay una excepción a este proceso para el cónyuge o hijo de un miembro de las Fuerzas Armadas de los EE. UU. o de un empleado civil del gobierno de los EE. UU. estacionado en el extranjero por órdenes oficiales.

james yang

james yang

Abogados de inmigración EB-5
Respondido el

No existe un número determinado de días que un residente permanente debe permanecer en los Estados Unidos para mantener su estatus. Sin embargo, en general, los residentes permanentes deben tratar de permanecer en los Estados Unidos con la mayor frecuencia posible y no salir de los Estados Unidos por más de seis meses seguidos sin un permiso de reingreso o una razón convincente.

DESCARGO DE RESPONSABILIDAD: la información que se encuentra en este sitio web pretende ser información general; No es asesoramiento legal ni financiero. Sólo un profesional autorizado y con pleno conocimiento de todos los hechos y circunstancias de su situación particular puede brindar asesoramiento legal o financiero específico. Debe consultar con expertos legales, de inmigración y financieros antes de participar en el programa EB-5. Publicar una pregunta en este sitio web no crea una relación abogado-cliente. Todas las preguntas que publique estarán disponibles para el público: no incluya información confidencial en su pregunta.