¿Debo presentar un I-485 si mi estatus en los EE. UU. expirará pronto? - EB5Investors.com

¿Debo presentar un I-485 si mi estatus en los EE. UU. expirará pronto?

Mi I-526 fue aprobada recientemente. Mi I-20 vencerá el próximo mes. ¿Es recomendable que prepare una solicitud I-485 lo antes posible y la presente antes de que expire mi I-20, o debería regresar a mi país de origen y obtener una visa EB-5 en un consulado de EE. UU.?

respuestas

bobi ahn

bobi ahn

Abogados de inmigración EB-5
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Si tiene planes de permanecer en los EE. UU. para la etapa final de su procesamiento de residencia permanente legal, entonces sería recomendable que presente el I-485 lo antes posible para poder mantener su estatus legal después de que expire el I-20. . Si planea permanecer en el extranjero para el procesamiento final, puede optar por realizar el trámite en el consulado.

A Olusanjo Omoniyi

A Olusanjo Omoniyi

Abogados de inmigración EB-5
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A menos que la visa esté vigente para usted según su origen nacional, no puede presentar un I-485, especialmente si es de uno de esos países donde la carga de visas está en retroceso, como India, Vietnam y China. Como resultado, trabaje con el asesor internacional de su escuela para asegurarse de que su I-20 esté actualizado, que generalmente se emite durante la duración del estudio; de lo contrario, es posible que tenga que regresar a su país para evitar quedarse sin estatus. .

Bernard Wolfsdorf

Bernard Wolfsdorf

Abogados de inmigración EB-5
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La decisión de solicitar un ajuste o un proceso consular depende de los hechos. Por lo general, se necesitan entre cuatro y seis meses desde la aprobación para obtener una entrevista final si no hay retrasos. Si puede presentar un ajuste, esto puede llevar más tiempo, pero al menos podrá quedarse y obtener autorización de trabajo después de unos cuatro a seis meses. El procesamiento en el extranjero probablemente será más rápido, pero presentar un ajuste le permitirá quedarse.

Fredrick Voigtmann

Fredrick Voigtmann

Abogados de inmigración EB-5
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Si tiene un estatus de no inmigrante válido en los Estados Unidos, su petición I-526 ha sido aprobada y hay un número de visa de inmigrante disponible de inmediato, es decir, su fecha de prioridad está actualizada, entonces es elegible para presentar su Formulario I-485. , Solicitud de Ajuste de Estatus. También tiene la opción, si seleccionó la opción de procesamiento de visa de inmigrante en su Formulario I-526, de realizar el procesamiento de visa de inmigrante en la embajada o consulado de los EE. UU. en su país de origen. Si seleccionó la opción de ajuste de estatus y marcó esa casilla en su Formulario I-526, se le pedirá que presente el Formulario I-824 si desea cambiar de opinión y solicitar la visa de inmigrante desde su país de origen.

Linda Feldman

Linda Feldman

Abogados de inmigración EB-5
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Depende de lo que hayas seleccionado en la I-526. Si seleccionó el procesamiento consular, cualquiera de las dos es una opción; Si seleccionó el ajuste en los EE. UU., debe presentar un I-824 para cambiar las ubicaciones de procesamiento.

Daniel Lundy

Daniel Lundy

Abogados de inmigración EB-5
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La respuesta simple es que si se encuentra en los EE. UU. con estatus legal de no inmigrante y su fecha de prioridad está actualizada, o la fecha del Cuadro B está actualizada y está siendo aceptada por USCIS, puede presentar un ajuste de estatus. La respuesta no tan simple es que debe consultar con un abogado de inmigración que esté familiarizado con su historial de inmigración para asegurarse de que ha mantenido su estatus y que no hay otra razón para no presentar un ajuste. Sin conocer todos los detalles es imposible darte un sí o un no seguro.

Dale Schwartz

Dale Schwartz

Abogados de inmigración EB-5
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¿En qué país naciste? ¿Está actualizado su número de cuota para su caso EB-5? De lo contrario, no puede presentar el I-485. Si está vigente, por supuesto, preséntelo ahora.

Sal Picataggio

Salvatore Picataggio

Abogados de inmigración EB-5
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Si hay una tarjeta verde disponible ("vigente"), entonces puede presentar un I-485 mientras aún se encuentre en situación legal.

Mark AM Catam, Esq.

Mark AM Catam, Esq.

Abogados de inmigración EB-5
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Eso dependerá de si su fecha de prioridad está actualizada/disponible.

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