El otro día leí en esta plataforma que siempre que la relación de adopción se haya establecido durante más de dos años, un niño adoptado sería tratado como un “niño” dependiente a efectos de EB-5. Pero uno de mis hijos fue técnicamente adoptado por mi esposa. No lo he adoptado oficialmente. Ahora estamos pensando en solicitar EB-5, siendo yo el solicitante principal. ¿Podremos incluirlo como dependiente aunque no sea adoptado por mí?
respuestas
blake harrison
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónSe puede incluir un hijastro en la solicitud siempre que su esposa haya adoptado al niño antes de cumplir 16 años y ustedes dos se hayan casado antes de que el niño cumpla 18 años.
Julia Rousinova
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónEste hijo debe calificar como su hijastro si el matrimonio que creó la relación padrastro-hijastro ocurrió antes de que el niño cumpliera 39 años y su cónyuge lo adoptó legalmente antes de los 18 años.
Bernard Wolfsdorf
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónEl niño debe ser adoptado legalmente antes de cumplir 16 años para calificar.
Raymond Lahoud
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónSe necesita más información con respecto a la adopción, como por ejemplo, cuándo tuvo lugar la adopción, si usted y su esposa estaban casados en el momento de la adopción, etc. Si la adopción tuvo lugar antes del matrimonio, entonces el niño puede muy bien calificar. como hijastro suyo, lo que permitirá su inmigración a los Estados Unidos. Comuníquese con un abogado de inmigración con experiencia antes de seguir adelante.
Fredrick Voigtmann
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónNo existe tal regla de los dos años con respecto a si el niño califica como dependiente (“hijo” o “hijastro”) según las leyes de inmigración. La regla de los dos años se aplica a los ciudadanos estadounidenses que adoptan un niño y luego buscan solicitar la residencia permanente del niño como pariente inmediato. Para ser considerado un “hijo” dependiente, la adopción debería haber tenido lugar antes de que el niño cumpliera 39 años y para ser considerado un “hijastro”, el matrimonio que creó esa relación debe haber ocurrido antes de que el niño cumpliera 16 años.
bobi ahn
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónLos hijos de su esposa que califiquen como sus beneficiarios derivados pueden incluirse en el procesamiento.
Carlos Foster
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónTendría que establecer que el niño fue adoptado por su esposa antes de que cumpliera 16 años y, por su parte, que estuvo casado con su esposa antes de que su hijastro cumpliera 18 años. Si es así, podría incluir a su esposa, sus hijos y sus familiares calificados. hijastro.
Bárbara Suri
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónSiguiendo la premisa de que los hijos de su esposa son sus hijastros, en mi opinión el niño puede calificar como su hijastro. Los hijastros son derivados. Debe consultar con un experto en inmigración para confirmar las fechas de calificación.
A Olusanjo Omoniyi
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónSí, el niño también califica como su hijo. Por lo tanto, puede incluir al niño en la petición EB-5 como su dependiente.
Jin Hee Wilde
Encuentre un abogado de visa EB-5: Abogado de inmigraciónPuede ser mejor si su esposa es la solicitante principal. Pero ese niño debe ser considerado su hijastro ya que usted está casado con su madre legal.
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